ANÁLISIS DE AGUAS DE PISCINAS

Realizamos los análisis incluidos en el RD 742/2013 y Anexo II del D80/98 de la CAM.
A partir del mes de Septiembre de 2013 entra en vigor el nuevo RD 742/2013 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas. En los Anexos I y II se recogen los perfiles analíticos a realizar en las aguas de las piscinas y en el control de la calidad del aire de las piscinas climatizadas.

En el caso de la Comunidad de Madrid, hay legislación autonómica que regula los criterios higiénico-sanitarios que tienen que reunir las piscinas. En el Anexo II, se recoge el perfil analítico solicitado.

No obstante, la decisión de la realización de un tipo de análisis u otro recae en el área de salud pública correspondiente. Debido, a la connivencia de ambas legislaciones, la CAM elaboró una pequeña carta que sirve de guía para la aplicación de las distintas normativas.

Normativa Piscinas CAM

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